sábado, 18 de julio de 2009

Servicios Sociales: Las tribulaciones de un sector emergente


"Reformas de las políticas del bienestar en España" es una obra colectiva que recoge los principales resultados del proyecto NURSOPOB, que no es - a pesar de este nombre- una agencia soviética dedicada al espionaje mediante satélites. Más bien se trata de un grupo de invetigadores del CSIC y de diferentes universidades españolas que exponen sus ideas sobre el tema que intitula el libro, ciñéndose al período 1984-2008. Su pretensión es la de desentrañar cómo la interacción de ideas, intereses e instituciones ha producido el cambio (o no, o en qué medida) de las políticas del bienestar en España en las áreas de Pensiones, Sanidad, Protección al desempleo, Servicios Sociales de atención personal, Dependencia, Inclusión Social y garatía de mínimos, Género, mujer y familia, y Jóvenes adultos.

Manuel Aguilar, profesor que firma el capítulo "Servicios Sociales: Las tribulaciones de un sector emergente" bajo la adscripción al departamento de Trabajo Social de la Universidad de Barcelona -pero que muchos vinculamos a la de Pamplona-, explora la hipótesis de que la (ambigua) identidad institucional, su (débil) imagen sociocientífica y el (modo) impreciso en que los servicios sociales son percibidos por la opinión pública se explican no sólo por la juventud del sector, sino también por algunas peculiaridades y problemas de su delimitación y definición. Esta situación condiciona el modo en el que el sector se desarrolla y las reformas que se producen en su seno.

Así, a pesar de la definición que inicialmente se dió a los servicios sociales como un sector diferenciado y que pretendía organizarse sobre el modelo de servicio público universal, de hecho han englobado una mezcla de servicios sociales principalmente de asistencia social y una parte del nivel asistencial de la garantía de ingresos. El modelo de integrar la garantía de ingresos asistencial con los servicios sociales existe en varios países europeos y puede defenderse argumentando, por ejemplo, la conveniencia de ofrecer un apoyo social intenso a los perceptores de pensiones asistenciales o de rentas mínimas. La peculiaridad española es la de optar por la citada integración mientras se tiende a ignorar u ocultar en el discurso institucional y profesional mayoritario. Una de las consecuencias de esta opción es la mala articulación de esa parte del nivel asistencial de la garantía de rentas con el conjunto del sistema de pensiones y prestaciones por desempleo. Las rentas mínimas de inserción y su mal encaje con otras prestaciones por desempleo o pensiones son un ejemplo, como también los intentos de suplementar las pensiones no contributivas y de viudedad en varias comunidades autónomas.

Las transformaciones de los últimos 40 años han dado origen a un marco no suficientemente claro de los servicios sociales. En primer lugar, la voluntad de superar el carácter discrecional de la beneficencia por un sistema de derechos no se ha producido (salvo iniciativas limitadas y recientes) a pesar de que la discrecionalidad moralista de la antigua beneficencia haya sido sustituida por una discrecionalidad profesionalizada y gestionada. En segundo lugar, los servicios sociales han mantenido de hecho una fuerte orientación hacia los sectores más pobres de la población, dejando que las clases medias y altas resulevan sus problemas en diversos mercados (residencias de pago servicio doméstico, por ejemplo). Esta orientación "asistencial" en la práctica (que podría ser una opción legítima) no se corresponde con la afirmación de carácter universal de los servicios sociales que aparece en las leyes. Además, iniciativas como el Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia, que deberían ser una parte de los servicios sociales, desbordan su actual extensión. En tercer lugar, los servicios sociales han mantenido un pie dentro del sistema de garantía de rentas sin que el marco legal haya clarificado su relación con el resto del sistema.

A nuestro juicio, una de las partes más interesantes del capítulo -por su caracter propositivo- es aquella en que Manuel Aguilar esboza algunos de los elementos que podrían contribuir a proporcionar una definición alternativa del sector de los servicios sociales:

Se trata de buscar una definición que no se base ni en la población a la que se atiende (suponemos que todas las poblaciones, marginales o integradas, son atendidas por todos los sectores de la política social), ni tampoco en la técnica específica de protección (asistencial, contributiva, servicios o prestaciones económicas, provisión pública o regulación de mercados).

Hay tres grandes tipos de necesidades sobre las que actúan los servicios sociales:

a) Hay personas que se encuentran con dificualtades especiales añadidas para su integración en la vida social. Todos los ciudadanos (o la gran mayoría) tienen que incorporarse al empleo, participar en la vida social, obtener una vivienda, ingresos para mantenerse, etc.; llamémosle a eso inclusión, integración, incorporación o inserción social. A todas las personas les supone hacer frente a retos y realizar esfuerzos. Sin embargo, hay personas que se encuentran con obstáculos añadidos que les impiden hacerlo, derivados de limitaciones propias (una discapacidad, la edad o el desconocimiento de la lengua del país) o de discriminaciones y barreras externas (como el sexismo, el racismo, el rechazo a contratar a ex-reclusos...). Lo que tienen en común es la necesidad de apoyos específicos para desarrollar su incorporación a la vida social.

b) Hay ciudadanos que no pueden desarrollarse en las actividades de la vida diaria sin la ayuda de otros. El apoyo para realizarlas constituye el núcleo de la atención a la dependencia.

c) Las personas menores de edad, así como aquellas que padecen determinadas discapacidades o enfermedades mentales, son consideradas en nuestra sociedad como no plenamente autónomas y necesitadas de tutela y proteción. Dicha responsabilidad recae sobre los padres o sobre otros adultos. Asegurar y facilitar el ejercicio de esa responsabilidad, vigilar su abuso y sustituirla cuando sea necesario es una tercera responsabilidad de los poderes públicos en este campo.

Cada una de estas tres necesidades puede ser abordada desde diferentes lugares. Su atención puede englobarse en un único sistema de servicios o disgregarse en varios.
Moreno. L. (2009), Reformas de las políticas del bienestar en España. Madrid: Siglo XXI.

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